sábado, 8 de mayo de 2021

ARTICULO VIII DE LOS DISTRITOS SENATORIALES

 Sección 1. Demarcación de los distritos senatoriales y representativos.Los distritos senatoriales y representativos serán los siguientes:

I. DISTRITO SENATORIAL DE SAN JUAN estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 1. - San Juan Antiguo, y los siguientes sectores censales de Santurce: 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16.01, 16.02, 17.01, 17.02, 18, 19, 20.01, 20.02, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 41, 42.01, 42.02 y 40.
Distrito Representativo 2. - Los sectores censales 24, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del barrio Santurce : los sectores censales 43, 65 y 68 del barrio Hato Rey Norte; del sector censal 43, se incluyen los bloques del 101 al 107, 201 al 206, 218 y 221 al 223; del sector censal 68 se incluyen los bloques del 101 al 118, 201 al 218, 301 al 319, 401 al 406, 410 al 414, 418 y 420 al 422; los sectores censales 44, 45, 62 y 63 del barrio Hato Rey Central, y los bloques 101, 103, 104, 105 y 106 del sector censal 61.01; los sectores censales 46, 47, 48 y 60 del barrio Oriente, y los bloques 101, 102, 103, 104, 105, 106 y 107 del sector censal 59.
Distrito Representativo 3. - El barrio Sabana Llana Norte; el sector censal 50 de los barrios Oriente y Sabana Llana Norte (la población correspondiente a ambos barrios fue incluida en cada cual); el sector censal 56 de los barrios Oriente y Sabana Llana Sur (se incluye solamente la población correspondiente al barrio Oriente); el sector censal 49 del barrio Oriente; del sector censal 59 del barrio Oriente, se incluyen los bloques 108, 109 y 201 al 208; el sector censal 58 de los barrios Oriente y Universidad; el sector censal 90 del barrio Oriente; el sector censal 57 de los barrios Oriente y Universidad; el sector censal 61.02 de los barrios Universidad y Hato Rey Central; el sector censal 64 del barrio Hato Rey Central; los bloques 107, 108, 109, 110, 112, 201 y 202 del sector censal 61.01 del barrio Hato Rey Central; los sectores censales 66 y 87 del barrio Hato Rey Sur; del sector censal 67 de los barrios Hato Rey Norte y Hato Rey Sur se incluyen los siguientes bloques: 101 al 107, 201 al 203, 205, 207 al 210, 401 al 409 y 415; y el barrio Pueblo.
Distrito Representativo 4. - El barrio Gobernador Piñero; el sector censal 70 de los barrios Hato Rey Norte y Gobernador Piñero (la parte de este sector censal perteneciente al barrio Hato Rey Norte no cuenta con población alguna); del sector censal 43 del barrio Hato Rey Norte se incluirán los bloques 221, 220, 225, 226 y 224; el sector censal 68 del barrio Hato Rey Norte (se incluye el bloque 419, el cual no tiene población); del sector censal 67 del barrio Hato Rey Sur se incluyen los siguientes bloques: 301, 302, 303, 304, 305, 306, 307, 308, 309, 310; el sector censal 86.01 de los barrios Hato Rey Sur y El Cinco; el sector censal 86.02 de los barrios Hato Rey Sur, El Cinco y Monacillo Urbano; el sector censal 86.03 del barrio El Cinco; el sector censal 97 de los barrios Monacillo Urbano, El Cinco y Gobernador Piñero (se incluyó la población correspondiente a Monacillo Urbano, la parte en el barrio El Cinco no tiene población y la población de Gobernador Piñero fue incluida en el total de éste); el sector censal 82.02 de los barrios Monacillo Urbano y Gobernador Piñero (se incluye la población correspondiente a Monacillo Urbano; la población correspondiente al barrio Gobernador Piñero fue incluida en éste); del sector censal 81 del barrio Monacillo Urbano, se incluyen los bloques del 102 al 106, del 108 al 111, 201 al 205 y 303 al 311; el sector censal 80 de los barrios Monacillo Urbano y Gobernador Piñero, se incluyen los bloques 101, 104 al 108, 201 al 205, 301 al 304, 306 y 505 al 507; y el sector censal 79 de los barrios Monacillo Urbano y Gobernador Piñero (se incluyó la población correspondiente al barrio Monacillo Urbano, la población del barrio Gobernador Piñero se incluyó en éste).
Distrito Representativo 5. - Los barrios Quebrada Arenas, Tortugo, Caimito, Cupey y Monacillo; los bloques 301, 302, 401, 402, 403 y 404 del sector censal 81 del barrio Monacillo Urbano; los bloques 307, 401, 403, 404, 405, 406, 408, 409, 410, 501, 502, 503 y 504 del sector censal 80 del barrio Monacillo Urbano; el sector censal 98 del barrio Monacillo Urbano; los sectores censales 96.01, 96.02 y 96.03 de los barrios El Cinco y Monacillo Urbano; el sector censal 95 de los barrios El Cinco, Pueblo y Sabana Llana Sur (solamente se incluyó la población correspondiente al barrio El Cinco); y el sector censal 96.04 de los barrios Monacillo Urbano y Monacillo.
II. DISTRITO SENATORIAL DE BAYAMON estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 6. - El municipio de Guaynabo.
Distrito Representativo 7. - El municipio de Toa Alta, y los barrios Nuevo, Guaraguao Arriba, Guaraguao Abajo, Dajaos, Santa Olaya, Buena Vista y la parte del sector censal 311.03 del barrio Pájaros; la sección del sector censal 313 del barrio Cerro Gordo y los sectores censales 317.02, 317.03 y 317.04 correspondientes al barrio Minillas de Bayamón.
Distrito Representativo 8. - El sector censal 317.01, el cual es parte de los barrios Minillas y Juan Sánchez; los sectores censales 316.12, 316.32, 316.11, 316.21, 316.31, 316.22, 316.41, los cuales son parte del barrio Minillas; el sector censal 304, el cual es parte del barrio Bayamón Pueblo (el bloque 103 de este sector censal pertenece al barrio Juan Sánchez); los sectores censales 314.03, 314.01, 314.02, 315.01, los cuales son parte del barrio Cerro Gordo; los sectores censales 315.02 y 315.03, los cuales son parte de los barrios Cerro Gordo y Pueblo de Bayamón; el sector censal 307, parte de los barrios Bayamón Pueblo y Pájaros; sector censal 308, parte de los barrios Bayamón Pueblo y Pájaros; el sector censal 309.03, parte del barrio Pájaros; los sectores censales 312.03, 312.02, 311.01, 309.04, los cuales son parte del barrio Pájaros de Bayamón; el sector censal 312.01, parte de los barrios Pájaros y Bayamón Pueblo; el sector censal 311.02, parte de los barrios Pájaros y Hato Tejas (se incluyó la población del barrio Pájaros); el sector censal 310.03, se incluyó la población dentro del barrio Pájaros.
Distrito Representativo 9. - El municipio de Cataño y el barrio Juan Sánchez (menos el bloque 103 del sector censal 304); los sectores censales 302, 303 y 305 del barrio Bayamón Pueblo, la parte del sector censal 306 que pertenece al barrio Bayamón Pueblo; el barrio Hato Tejas (menos el sector censal 310.02).
Distrito Representativo 10. - El municipio de Toa Baja y el sector censal 310.02 del barrio Hato Tejas de Bayamón.
III. DISTRITO SENATORIAL DE ARECIBO estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 11. - Los municipios de Dorado y Vega Alta, y los barrios Puerto Nuevo, Cabo Caribe, Cibuco, Ceiba, Almirante Norte, Almirante Sur, Río Arriba, Vega Baja Pueblo y Río Abajo de Vega Baja.
Distrito Representativo 12. - Los municipios de Manatí y Morovis, y los barrios Yeguada, Algarrobo, Pugnado Afuera, Pugnado Adentro y Quebrada Arenas de Vega Baja.
Distrito Representativo 13. - Los municipios de Ciales, Florida y Barceloneta, y los barrios Cambalache, Islote, Factor, Garrochales, Santana, Domingo Ruiz, Arenalejos, Miraflores, Sabana Hoyos, Arrozal, Carreras, Río Arriba y Hato Viejo de Arecibo.
Distrito Representativo 14. - El municipio de Hatillo y los barrios Hato Abajo, Hato Arriba, Dominguito, Esperanza, Tanamá y Pueblo de Arecibo.
Distrito Representativo 15. - Los municipios de Isabela, Quebradillas y Camuy.
IV. DISTRITO SENATORIAL DE MAYAGgEZ estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 16. - El municipio de Aguadilla y los siguientes barrios de Moca: Aceitunas, Centro, Rocha, Cuchilla, Pueblo, Capá, Voladoras, Cruz, Naranjo, Marías y Moca Pueblo.
Distrito Representativo 17. - Los municipios de Aguada, Rincón y Añasco, y los barrios Cerro Gordo y Plata de Moca, más los barrios Sabanetas, Río Cañas Abajo, Quemado y Leguísamo del municipio de Mayagüez.
Distrito Representativo 18. - Los barrios urbanos Candelaria, Cárcel, Marina Meridional, Marina Septentrional, Río y Salud; los barrios Miradero, Mayagüez Arriba, Quebrada Grande, Sábalos, Juan Alonso, Algarrobo, Guanajibo y Río Hondo del municipio de Mayagüez.
Distrito Representativo 19. - Los municipios de San Sebastián, Las Marías, Hormigueros y Maricao; y los barrios Río Cañas Arriba, Bateyes, Naranjales, Montoso, Limón, Rosario y Malezas de Mayagüez; y los barrios Rosario Bajo, Duey Bajo, Duey Alto, Hoconuco Bajo, Hoconuco Alto, Rosario Alto y Rosario Peñón del municipio de San Germán.
Distrito Representativo 20. - Los municipios de Cabo Rojo y Lajas; y los barrios San Germán Pueblo, Caín Alto, Caín Bajo, Guamá, Minillas, Retiro, Ancones, Maresúa, Sabana Grande Abajo, Sabana Eneas, Cotuí y Tuna de San Germán; la Isla de Mona e Islote Monito.
V. DISTRITO SENATORIAL DE PONCE estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 21. - Los municipios de Sabana Grande, Guánica y Yauco; los barrios Consejo, Llano, Sierra Baja, Pasto y Jagua Pasto de Guayanilla.
Distrito Representativo 22. - Los municipios de Lares, Utuado y Adjuntas.
Distrito Representativo 23. - El municipio de Peñuelas; los siguientes barrios de Guayanilla: Quebrada Honda, Barrero, Macaná, Quebradas, Jaguas, Magas, Cedro, Boca, Indios, Rufina, Playa y Guayanilla Pueblo; los barrios Canas, Magueyes Urbano, Quebrada Limón, Portugués, Magueyes, Marueño, Tibes, Monte Llano, Guaraguao y San Patricio de Ponce.
Distrito Representativo 24. - Los barrios Playa, Canas Urbano y Portugués Urbano; los barrios Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto de Ponce.
Distrito Representativo 25. - El municipio de Jayuya; y los barrios Anón, Maragüez, Real, Machuelo Arriba, Machuelo Abajo, San Antón, Cerrillos, Coto Laurel, Sabanetas, Capitanejo, Vajas y Bucaná del municipio de Ponce.
VI. DISTRITO SENATORIAL DE GUAYAMA estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 26. - Los municipios de Villalba y Juana Díaz; y los barrios Santa Isabel Pueblo, Playa, Boca Velázquez y Descalabrado de Santa Isabel.
Distrito Representativo 27. - Los municipios de Orocovis y Coamo; y los barrios Algarrobo, Pasto, Asomante, Llanos y Caonillas de Aibonito; y los barrios Honduras, Helechal, Palo Hincado, Barrancas, Cañabón y Pueblo de Barranquitas.
Distrito Representativo 28. - Los municipios de Corozal, Naranjito, Comerío; y los barrios Quebradilla y Quebrada Grande del municipio de Barranquitas.
Distrito Representativo 29. - El municipio de Cidra; y los barrios Aibonito Pueblo, Plata, Robles y Cuyón del municipio de Aibonito; y los barrios Cayey Pueblo, Beatriz, Vegas, Rincón Monte Llano, Toíta, Quebrada Arriba, Sumido, Lapa, Pedro Avila, Pasto Viejo, Piedras, Matón Abajo y Matón Arriba del municipio de Cayey.
Distrito Representativo 30. - Los municipios de Guayama y Salinas; y los barrios Guavate, Farallón, Cedro, Culebras Bajo, Culebras Alto, Jájome Alto, Jájome Bajo y Cercadillo del municipio de Cayey; y los barrios Felicia 1, Felicia 2, Jauca 1 y Jauca 2 del municipio de Santa Isabel.
VII. DISTRITO SENATORIAL DE HUMACAO estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 31. - El municipio de Aguas Buenas; los barrios San Antonio, Río Cañas, Bairoa, Cañabón, Cañaboncito y Beatriz de Caguas y los sectores censales 2011, 2029, y parte de los sectores censales 2004, 2005, 2013 y 2015 del barrio Pueblo de Caguas.
Distrito Representativo 32. - El municipio de Gurabo; y los ba-rrios Tomás de Castro, Turabo, Borinquen, San Salvador y parte de los sectores censales 2006, 2008, 2009, 2017, 2018 y 2015; los sectores censales 2010, 2012 y 2016 del barrio Pueblo de Caguas.
Distrito Representativo 33. - Los municipios de Juncos, San Lorenzo y Las Piedras.
Distrito Representativo 34. - Los municipios de Yabucoa, Maunabo, Patillas y Arroyo.
Distrito Representativo 35. - Los municipios de Humacao, Naguabo y Ceiba.
VIII. DISTRITO SENATORIAL DE CAROLINA estará compuesto de los siguientes Distritos Representativos:
Distrito Representativo 36. - Los municipios de Fajardo, Luquillo, Culebra y Vieques; los barrios Río Grande Pueblo, Herrera, Guzmán Abajo, Guzmán Arriba, Ciénaga Alta, Zarzal, Jiménez y Mameyes Segundo de Río Grande.
Distrito Representativo 37. - Los municipios de Loíza y Canóvanas; y los barrios Canovanillas, Santa Cruz, Barrazas, Carruzos y Cedros de Carolina; y el barrio Ciénaga Baja de Río Grande.
Distrito Representativo 38. - Los barrios Carolina Pueblo, Hoyo Mulas, San Antón, Martín González, Trujillo Bajo y Cacao del municipio de Carolina; y los barrios Dos Bocas, La Gloria, Quebrada Negrito y Quebrada Grande del municipio de Trujillo Alto.
Distrito Representativo 39. - Los barrios Cangrejo Arriba y Sabana Abajo de Carolina.
Distrito Representativo 40. - El barrio Sabana Llana Sur del municipio de San Juan; y los barrios Trujillo Alto Pueblo, Cuevas y Carraízo de Trujillo Alto.

Sección 2. Zonas electorales de San Juan.Las zonas electorales números 1, 2, 3 y 4 incluidas en tres distritos representativos comprendidos en el distrito senatorial de San Juan, son las mismas actualmente existentes para fines de organización electoral, en el segundo precinto de San Juan.

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